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Prestación Ayuda a Domicilio
Descripción

El servicio de ayuda a domicilio comprende la atención personal en la realización de las actividades de la vida diaria, acompañamiento, apoyo psicosocial y desarrollo de hábitos saludables y la cobertura de las necesidades domésticas, mediante los servicios previstos en el artículo 23 de la Ley 39/2006 y los que se establezcan en la normativa que resulte de aplicación.

¿Quién lo puede solicitar?
  • Solicitante: Tener reconocido grado de dependencia o situación de urgencia social acreditada.
  • Destinatario: El servicio se orienta a la atención prioritaria de aquellas personas que se encuentren dentro del ámbito de la Ley de Dependencia.
    No obstante podrá prestarse igualmente el servicio a otros beneficiarios que sin estar calificados como dependientes estén en trámites de su calificación, o sin calificación de dependencia soliciten el servicio por razones de urgencia social.

Documentación a aportar
  • Fotocopia del DNI
  • Informe médico del estado de salud
  • Certificado de residencia y convivencia
  • Recibo de la pensión o haberes pasivos
  • Autorización para la cesión de datos fiscales
  • Certificado del Ayto. de bienes inmuebles

Medios de contacto
  • Presencial: Dependencias Municipales en el Centro de Servicios Sociales C/ García Pavón, 17.
  • Telefónico: 926 52 88 01 Ext 1411  Información y Cita Previa
  • Fax: 926 50 66 49
  • Correo electrónico: centrosocial@aytotomelloso.es
  • Internet: https://tomelloso.es/sede
  • Centros de Barrio: previa cita
  • Lugar de entrega

    Lugares y Medios de Inicio:

    • Mediante solicitud del servicio por el usuario o familiares

    Precio y forma de pago

    Pago de Precio Público del servicio según ordenanza

    Normativa
    • Ley de Dependencia 39/2006
    • Decreto 176/2009 CLM
    • Decreto 30/2013 CLM
    • Bases Reguladoras del Servicio

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Departamento de Bienestar Social

    Forma de iniciación

    A petición del interesado

    Requisitos

    Tener reconocido grado y nivel de dependencia o situación de urgencia social acreditada

    Organismo resolutor

    Consejería de Bienestar Social

    Efectos del silencio administrativo

    Desestimatorios

    Fin de la vía administrativa

    La resolución pone fin a la vía administrativa

    Recursos

    Recurso de reposición

    Observaciones

    Las personas que tengan reconocido el grado y nivel de dependencia accederán al servicio de Ayuda a Domicilio mediante la propuesta PIA realizada por el servicio de la dependencia de la Comunidad Autónoma previa propuesta del Trabajador Social que corresponda a través del Informe Social MEDAS.


    El resto de usuarios y para el resto de servicios las solicitudes se presentarán en el Departamento de Servicio de Atención al Ciudadano de este Ayuntamiento, en modelo impreso de instancia.

    Más información
  • Departamentos y Órganos Intervinientes:
  • Bienestar Social
  • Fases de la Tramitación:
  • Solicitud
  • Instrucción
  • Resolución
  • Actos que contiene cada fase:
  • Solicitud
  • Instrucción
  • Propuesta de Resolución de la Junta de CLM en los casos que procede
  • Resolución de Alcaldía
  • Modelos Normalizados:
  • Solicitud de Ayuda a Domicilio
  • Publicado el
    25/7/2024
    18/5/2016
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